SECRETARIA ACADEMICA
Dra. Yolanda Duran Herrera
Es un órgano de línea, responsable de organizar y administrar los servicios de registro académico y administrativo a nivel institucional. Depende de la dirección general.
- Telefono / whatsapp: 991405101
- Correo Personal: yoduhe9@hotmail.com
- Correo Institucional: yduran@pedagogicohvca.edu.pe
FUNCIONES:
- Organizar y administrar los servicios de registro académico, desde admisión hasta el egreso de los estudiantes.
- Gestionar el registro de información en el Sistema de Información Académico (SIA).
- Organizar y ejecutar las titulaciones y certificaciones de los
- Elaborar constancias que otorga el instituto
- Elaborar las boletas de notas y entregar al estudiante al final del ciclo académico.
- Programar el proceso de convalidación.
- Efectuar el trámite y rellenado de diplomas y títulos de
- Registrar la matrícula en el SIA y reportar a la Dirección para su aprobación ante la Asesorar y orientar la aplicación del sistema de evaluación de los aprendizajes.
- Elaborar y tramitar la aprobación de las actas de evaluación.
- Realizar el seguimiento de egresados, reportando a la Dirección General.
- Actualizar la base de datos de los egresados y su inserción
CALENDARIO ACADÉMICO DEL IESPPH 2023
LINEAMIENTOS DE PROCESOS ACADÉMICOS EN EL IESPPH
- Descripción.
Es el proceso académico formal y voluntario del estudiante, que consiste en la inscripción en los cursos que cursará en el ciclo. Se realiza a través de la página web institucional www.pedagógicohvca.edu.pe/secacademico, el ingresante o estudiante accede con el usuario y su código de matrícula, valida el recibo de pago por Derecho de Matrícula.
La matrícula registrada en el Sistema de Información Académica – SIA le acredita la condición de estudiante del IESPPH.
- Plazo para tramité:
Según cronograma de las actividades académicas del semestre, publicado en la plataforma institucional.
- Requisitos:
- Matrícula de ingresantes:
- Pago por derecho de matrícula.
- Expediente de ingresante con documentación completa: Constancia de ingreso, Ficha de matrícula, Copia de DNI, Certificado de estudios de Educación Secundaria visado por la UGEL o DREH, según sea el caso, Declaración jurada de no tener antecedentes penales, judiciales ni policiales. Ficha socio económica digital.
- Fotografía digital en fondo blanco.
- Reactualización de Matrícula regular:
Segundo al Séptimo ciclo:
- Pago de derecho de matrícula según TUPA del instituto.
- Aprobación mínima del setenta y cinco por ciento (75%) del ciclo inmediato anterior, según el cuadro de especificaciones:
Créditos del ciclo |
Aprobación mínima para continuar estudios |
Máximo de créditos desaprobados |
20 |
15 |
5 |
21 |
16 |
5 |
22 – 23 |
17 |
5 |
24 – 26 |
18 |
6 |
Octavo ciclo:
- Pago de derecho de matrícula según TUPA del instituto.
- Récord Académico del I al VII ciclo o boleta de notas.
- Aprobación del 100% de créditos del I al VII ciclo.
Noveno y Décimo ciclo:
- Pago de derecho de matrícula según TUPA del instituto.
- Boleta del ciclo anterior.
- Aprobación del 100% de créditos del ciclo anterior.
Consideraciones generales:
- Los estudiantes que desaprueban más del 75% deben matricularse en el mismo ciclo y en los cursos desaprobados. Si el estudiante no aprobará alguna área que repite, SOLO se debe matricular en el área desaprobada.
- Si el estudiante se matrícula en menos de diez (10 créditos) por ciclo o periodo debe ser autorizado mediante Resolución Directoral.
- La vacante del ingresante que no se matricule dentro de los veinte días (20) días hábiles siguientes desde iniciado el proceso de matrícula y no realice la reserva de esta, queda liberada para ser cubierta por otro postulante que haya obtenido nota aprobatoria, en estricto orden de mérito y que no haya alcanzado vacante.
- El estudiante del IESPPH que no se matricule vía virtual en la plataforma de Secretaría Académica
https://www.pedagogicohvca.edu.pe/SecAcademico/, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes de iniciado el proceso de matrícula y no realice la reserva de esta, pierde su condición de estudiante. De perder la condición de estudiante, para retomar sus estudios debe postular al PE y obtener una vacante, pudiendo solicitar la convalidación de los estudios realizados.
RESERVA DE MATRÍCULA
- Descripción
La reserva de matrícula es dejar de estudiar temporalmente el ciclo académico vigente. La Dirección General autoriza emitiendo Resolución Directoral y es comunicada a Secretaría Académica, para el registro en el Sistema de Información Académica – SIA.
Los estudiantes podrán solicitar reserva de matrícula por un periodo máximo hasta cuatro (04) ciclos académicos consecutivos o no consecutivos.
- Requisitos:
- Solicitud virtual o física dirigida al Director General.
- Ficha de matrícula del ciclo vigente.
- Plazo para tramité
- Antes de iniciar el ciclo académico.
- Tasas:
- Tupa institucional.
- Descripción:
- Es el permiso otorgado al estudiante matriculado para ausentarse de la institución por motivos de índole personal o de salud. Las licencias se deben registrar en el SIA-MINEDU, se autoriza con Resolución Directoral.
- Requisitos:
- Solicitud dirigida al Director General dentro del plazo establecido.
- Plazo para trámite
- Hasta treinta (30) días iniciadas las labores académicas.
- hasta un máximo de dos años o cuatro (04) ciclos académicos consecutivos o no consecutivos.
Consideraciones generales:
- La licencia por salud debidamente justificada puede tramitarse hasta antes de la evaluación del producto final.
- Si el estudiante no se reincorpora al término de su licencia o no solicita ampliación, siempre que esta no exceda de los cuatro (04) ciclos académicos, el estudiante es RETIRADO de la institución.
- Descripción:
El retiro es la pérdida del vínculo académico del estudiante con la institución. Se concreta formalmente mediante la resolución directoral de la institución y se registra en el Sistema de Información Académica – SIA.
Consideraciones generales
El retiro se da en los siguientes casos:
- Cuando el estudiante no se matrícula dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes de iniciado el proceso de matrícula o no realiza la reserva de matrícula.
- Cuando finaliza el periodo de reserva o licencia de estudios sin que el estudiante se haya reincorporado o solicitado una ampliación
- Cuando el estudiante lo solicita voluntariamente.
Otros establecidos en el Reglamento Institucional.
- Descripción:
El traslado es el proceso mediante el cual el estudiante solicita el cambio de Institución (traslado externo) a un Instituto o escuela de destino, o el cambio de programa de estudios en la misma institución (traslado interno).
- Requisitos:
- Solicitud de traslado al Director General del IESPPH (presentado antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente).
- Certificados de estudios superiores.
- Sílabos de los cursos de los ciclos que convalidará visados por la institución de origen.
- Promedio ponderado mínimo de 12 y todos los cursos aprobados en el último ciclo académico cursado.
- Recibo de pago por derecho de traslado externo o interno según TUPA institucional.
Traslado externo
- Los indicados en los requisitos, además de:
- Copia de actas consolidadas de evaluación visados por la DRE.
- Copia de resolución directoral u otro documento que autorice retiro de la institución de origen.
Consideraciones generales:
- La Comisión Académica de Traslado y Convalidación, presidida por el jefe de Unidad Académica del IESPPH evalúa el expediente presentado y emite el informe respectivo.
- Secretaría Académica registra solicitud de traslado en el SIA del MINEDU y se emite la constancia.
- El Director General emite y firma la Resolución Directoral de autorización y aprobación del proceso de traslado previo a la finalización del proceso de matrícula.
- El Sistema de Información Académica SIA evalúa el expediente y autoriza el proceso de traslado.
- El traslado procede del segundo al séptimo ciclo, previa convalidación y siempre que existan vacantes y metas asignadas.
- El IESPPH envía el expediente de traslado externo al Ministerio de Educación.
- Descripción.
Es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones obtenidas en un programa de estudios para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su peso crediticio.
La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permite la incorporación o continuación en el proceso formativo.
- Requisitos:
- Solicitud dirigida al Director General, antes de iniciado el proceso de matrícula.
- Certificado de estudios originales que acredite la aprobación de los cursos a convalidar.
- Sílabos de los cursos a convalidar refrendadas por la institución de origen.
- Recibo de pago.
- Procedimientos y criterios:
- La convalidación de cursos se realiza de acuerdo con los siguientes requisitos:
- Un mínimo de 70% de contenidos similares, según calificación del IESPP “Huancavelica”.
- Equivalencia de créditos, teniendo en cuenta que el valor del crédito de los cursos debe tener un valor de créditos igual o superior al de la institución receptora. c) Sólo se admite la convalidación de un (01) curso por otro.
- No procede la convalidación de lo siguiente:
- Cursos desaprobados.
- Cursos del componente de formación específica, excepto si proviene de la misma carrera profesional o programa de estudios.
- No se convalida práctica e investigación si hay cambio de carrera profesional.
El Director General refrenda los resultados de la Convalidación con Resolución Directoral, emitida y registrada antes de la finalización del proceso de matrícula.
- Descripción:
Es el proceso mediante el cual el ingresante o estudiante retorna a la institución luego de haber utilizado un plazo de reserva de matrícula o licencia de estudios.
- El estudiante solicita su reincorporación antes del término del plazo de la reserva o licencia de estudios.
- Si el estudiante no se reincorpora o solicita ampliación, la que no debe de exceder de cuatro (4) ciclos académicos; debe volver a postular a través del proceso de admisión y, luego de ingresar, solicitar la convalidación de estudios para su ubicación en el ciclo que le corresponde.
- Si existiese variación de planes de estudios, se le aplica el proceso de convalidación que correspondan.
- Requisitos:
- Solicitud dirigida al Director General de la institución, a través de la plataforma http://tramitedocumentario.pedagogicohvca.edu.pe/website/tramite_documentario/
antes de iniciado el plazo para el proceso de matrícula y sujeta a la existencia del ciclo, del programa de estudios y de vacante.
- Recibo de pago.
Es el proceso mediante el cual el estudiante es evaluado nuevamente en un curso o módulo; o es evaluado por primera vez cuando esté no formó parte del plan de estudios original.
Se efectúa mediante el desarrollo de un curso de subsanación.
Requisitos:
- Solicitud dirigida al Director General a través de mesa de partes. http://tramitedocumentario.pedagogicohvca.edu.pe/website/tramite_documentario/
- Recibo de pago.
- Matrícula en la plataforma institucional: https://www.pedagogicohvca.edu.pe/SecAcademico/
Consideraciones generales:
La subsanación puede darse por las siguientes causas:
- Por diferencia curricular: se da cuando un curso no se puede convalidar, por no tener similitud de contenidos del 70%. Procede en los casos de traslado y convalidación.
- Por causal académica, en caso de curso desaprobado, la misma que debe repetir en el ciclo que le corresponde, si este existe en el semestre; sino lo lleva de manera mixta (presencial y a distancia).
- los cursos de Práctica Pre-Profesional del I al X semestres, sólo podrán ser subsanadas en un semestre regular y no en el periodo de verano.
- En el ciclo extraordinario de febrero a marzo, sólo deben ser subsanados si se desaprobó con nota de 05.
- Si el estudiante desaprobará por dos veces un curso, en el siguiente semestre sólo se matrícula en dicho curso autorizado por Resolución Directoral.
Programación:
La subsanación puede realizarse durante:
- Ciclo académico ordinario (Abril- Julio y Agosto- Diciembre).
- Ciclo académico extraordinario, preferentemente durante los meses de enero y febrero.
Procedimientos:
- Autorización por el Director General mediante Resolución Directoral y se desarrollan cumpliendo el número de horas del plan de estudio.
- Hasta seis (6) créditos en forma paralela al semestre académico en que se encuentra matriculado.
- Hasta doce (12) créditos en los meses de enero y febrero, si se programan dichos cursos de acuerdo con las necesidades de los estudiantes y las posibilidades de la Institución.
- Petición de estudiantes para subsanar los cursos:
- Para el ciclo extraordinario de vacaciones, las solicitudes deben ser presentadas hasta la quincena de enero.
- Para los ciclos ordinarios las peticiones deben ser antes del inicio del proceso de matrícula.
- Matrícula de estudiantes, según cronograma.
- Desarrollo de los cursos por los docentes designados.
- Elaboración y entrega de los sílabos de cada área, subárea o asignatura a su cargo, registros y actas de evaluación.
- La Secretaría académica elabora el acta consolidada de evaluación del rendimiento incluyendo el área o áreas de subsanación aprobadas.
El promedio ponderado del semestre académico se obtiene sólo cuando el estudiante ha llevado el total de cursos del Plan de Estudios.